Estado y gobierno: ¿quién hace qué?
Distingue funciones públicas para dirigir mejor las preguntas de tu comunidad.
8 minutos estimados · Lectura introductoria · Educación informal
Una situación para comenzar
Un mapa inicial
El artículo 113 distingue las ramas legislativa, ejecutiva y judicial, además de otros órganos autónomos e independientes.
- Legislativa: el Congreso hace leyes y ejerce control político, entre otras funciones (artículo 114).
- Ejecutiva: comprende el Gobierno nacional, gobernaciones y alcaldías (artículo 115).
- Judicial: administra justicia mediante los órganos y autoridades previstos constitucionalmente (artículo 116).
Este mapa es introductorio: hay competencias, excepciones y controles que requieren estudio específico. Estado y gobierno no son equivalentes.
Práctica en tu territorio
Piensa en una obra comunitaria. Antes de pedir explicaciones, averigua qué entidad la contrata, quién ejecuta el proyecto y qué instancia puede recibir preguntas. No supongas que toda obra depende de la alcaldía.
Practica lo aprendido
En términos generales, ¿a qué órgano corresponde hacer las leyes nacionales?
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Consulta la fuente
Artículos de referencia: 113 a 116.
Constitución colombiana · texto oficial con notas de vigenciaExplicaciones educativas propias. Casos ficticios. Revisión editorial: 16 de octubre de 2026.